Un Centro Especial de Empleo es una empresa cuyo objetivo prioritario es promover la creación y el mantenimiento de puestos de trabajo destinados a personas con discapacidad o diversidad funcional.

Los centros de empleo protegido se denominan Centros especiales de empleo o CEE, y viene regulados en el artículo 42 de la Ley 13/1982, de 7 de abril de Integración Social de los Minusválidos (LISMI), y en sus normas reguladoras.

Para entendernos a partir de ahora a un Centro Especial de Empleo lo llamaremos C.E.E.

La principal misión de un C.E.E. es la integración de personas con discapacidad en el mercado laboral.

Existen dos posibilidades la hora de encontrar un trabajo para una persona con discapacidad o diversidad funcional:

  • Integrarse directamente en el mercado ordinario- abierto- de trabajo.
  • Integrarse en el mercado protegido- esto es a través de un Centro especial de Empleo.

En España existen diferentes medidas para fomentar la contratación de las empresas públicas y privadas de personas con discapacidad, pudiendo acogerse las mismas a las ayudas correspondientes en función del tipo de contratación, pero lamentablemente no todas las empresas cumplen con los cupos o cuotas de reserva;

  • En la empresa privada de 50 o más trabajadores deben emplear a un número de trabajadores con discapacidad no inferior al 2% de su plantilla.
  • En el caso de la Administración Pública debe reservar un 5% de las plazas en las convocatorias de funcionarios y de personal laboral.

En muchas ocasiones las empresas no encuentran al personal altamente cualificado que necesitan, y en otras, dadas las características de la actividad que desempeñan, por sus exigencias físicas, por ejemplo; tampoco encuentran personas con quienes cubrir dichas vacantes entre el colectivo de personas con discapacidad o diversidad funcional.

En algunos casos en las empresas encontramos el reflejo de uno de los males de nuestra sociedad: la falta la sensibilidad necesaria para poder asumir nuestra responsabilidad como sociedad en colaborar en la integración de los colectivos con especiales dificultades de inserción, pero en otros casos, las empresas, aunque lo intentan no encuentran los perfiles adecuados entre el colectivo de personas con discapacidad o diversidad funcional.

Es por ello que desde el año 2000 existe la posibilidad de acogerse a las denominadas Medidas Alternativas, entre las que destaca la contratación de bienes o servicios a centros especiales de empleo. A través de ellas las empresas dan cumplimiento a la actual LGD y contribuyen dando cumplimiento a la ley a la integración de personas con discapacidad en el mundo laboral.

Las actividades que se realizan en un CEE son las mismas que se realizan en cualquier otra empresa, pero con una serie de particularidades que hacen que, personas con discapacidad puedan desempeñar sus funciones con total normalidad.

Los CEE compiten en el mercado como cualquier otra empresa, pero a su vez, tienen una misión fundamental; la integración social a través de la inserción laboral.

Y por último solo un dato más de la OMS:

Las personas con discapacidades tienen más probabilidades de estar desempleadas que las personas no discapacitadas.

Los datos mundiales indican que las tasas de empleo son más bajas para los hombres con discapacidad (53%) y las mujeres con discapacidad (20%) que para los hombres sin discapacidad (65%) y las mujeres sin discapacidad (30%). En los países de la OCDE, la tasa de empleo para las personas con discapacidad (44%) ascendió a poco más de la mitad de la correspondiente a las personas sin discapacidad (75%).

Si quieres conocer más datos curiosos sobre la discapacidad en cifras en el mundo consulta:

http://www.who.int/features/factfiles/disability/facts/es/index4.html

Verónica Salvadores

Directora de RR.HH